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Viernes 23 de Enero de 2009

Decidirá sobre la extensión del plazo de protección de artistas y productores de fonogramas

ParlamentoEl próximo 27 de enero de 2009, el Parlamento Europeo votará sobre la conveniencia de aprobar o no la Directiva que pretende extender los derechos de los artistas intérpretes o ejecutantes y de los productores de fonogramas, sobre las interpretaciones o ejecuciones, tanto fijadas en fonogramas como publicadas o comunicadas lícitamente, que actualmente se encuentra en 50 años a 95 años.

La propuesta, acorde con la exposición de motivos que contiene el proyecto en si mismo, pretende “(…)  mejorar la situación social de los artistas intérpretes y, en particular, de los músicos de estudio, considerando que, cada vez más, la vida de estos artistas se prolonga más allá del vigente período de cincuenta años de protección de sus actuaciones.”

En ese mismo sentido, la propuesta legislativa pretende beneficiar “(…) a los intérpretes, que podrían seguir teniendo ingresos durante un período adicional. Un plazo de 95 años equilibraría el lucro cesante a que se enfrentan los artistas al cumplir los 70 años de edad, momento en que sus primeras interpretaciones, grabadas con 20 años, perderían su protección. Los intérpretes podrían seguir beneficiándose de retribuciones por retransmisiones o por actuaciones en lugares públicos (como bares y discotecas), así como de compensaciones por copias privadas de sus actuaciones.”

Actualmente, el Artículo 3, apartado 1, párrafo 2 de la Directiva 2006/116/CE establece que “si se publica o se comunica lícitamente al público, dentro de dicho período, y por un medio distinto al fonograma, una grabación de la interpretación o ejecución, los derechos expirarán cincuenta años después de la fecha de primera publicación o de primera comunicación al público, si ésta es última es anterior.” Además dispone que “si se publica o se comunica al público en un fonograma, dentro de dicho período, una grabación de la interpretación o ejecución, los derechos expirarán cincuenta años después de la fecha de primera publicación o de primera comunicación al público, si ésta última es anterior.”

La modificación que se pretende realizar, consiste en aumentar el actual plazo estipulado de cincuenta años, por uno de noventa y cinco. Así mismo, según lo dispuesto en la propia exposición de motivos del proyecto de Directiva, se pretende la creación de un fondo para músicos de estudio y la introducción de cláusulas «use it or lose it» (obligación de utilizar un derecho so pena de su pérdida definitiva) en los contratos entre intérpretes y productores de fonogramas Fin